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¿Las hidroeléctricas dejan sin energía la restitución en el Oriente antioqueño?

Los proyectos hidroeléctricos que ya cuentan con licencia ambiental en el Oriente antioqueño están poniendo en riesgo el retorno y la reparación integral de los campesinos, que hace más de 20 años fueron despojados de sus tierras a causa del conflicto armado y ahora podrían ser desplazados por estas iniciativas de desarrollo.

Por: Juan Alejandro Echeverry 

Alianza periodística entre Agencia de Prensa IPC, Periferia Prensa y Enfoque de Oriente

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En 2021, según cálculos de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), las aguas del Oriente antioqueño generaron el 20,3 % de toda la energía que se produjo ese año en Colombia. Si se suman las grandes, medianas y pequeñas hidroeléctricas, la región cuenta con un total de 15 proyectos en operación; 2 están en fase de construcción; y 19 cuentan con autorización de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los ríos Negro y Nare (Cornare) para ser construidos en 11 de los 23 municipios que conforman la subregión. Algunos dirán con despreocupación, otros con dolor, que a esta zona de Antioquia la atraviesa uno de los ríos más captados en el mundo para la producción hidroenergética: el río Nare; y que los cuatro embalses hacen de San Carlos el municipio con más hidroeléctricas por metro cuadrado de toda Colombia.  

En algunas zonas del territorio resulta inevitable relacionar las hidroeléctricas con muerte y sangre; las falsas promesas, las afrentas y la rabia siguen represadas bajo los espejos de agua. La primera fue la del Peñol-Guatapé: 74 km2 inundados a principios de los setenta para generar 560 megavatios de energía cada hora. Todo el pueblo, quisiera o no, tuvo que vender su tierra a precio de rastrojo, el embalse se convirtió en uno de los principales atractivos del departamento y los afectados del viejo Peñol no olvidan que EPM no cumplió el Plan Maestro con el que debía tratar de resarcir los daños causados. 

Desde entonces, las hidroeléctricas han llegado al Oriente antioqueño en cascada, una tras otra, poniendo en riesgo, como lo muestra esta investigación, el retorno y la reparación integral de los campesinos que hace más de 20 años fueron despojados de sus tierras causas asociadas al conflicto armado y que ahora podrían ser desplazados por estos proyectos de desarrollo. 

El Movimiento Cívico del Oriente, un referente nacional para los demás movimientos cívicos que fueron surgiendo en el país, fue la primera expresión que exigió una compensación por los perjuicios socioambientales y puso en entredicho el supuesto progreso que las hidroeléctricas traerían a la región. 

Rebajas en las tarifas de energía, dotación de servicios públicos, reparación individuales y colectivas, eran las principales banderas de un movimiento cívico que ganó adeptos y legitimidad con el pasar de los años, especialmente en el municipio de El Peñol, donde logró parapetar tres de sus líderes en la Alcaldía, los cuales serían asesinados luego. A principios de los ochenta, pese a que había gérmenes de presencia guerrillera y paramilitar en la región, el contexto no permitía  prever la violencia sociopolítica que empantanó el territorio. Julián Conrado David —asesinado el 23 de octubre de 1983 en San Carlos— fue uno de los primeros líderes que perdió el movimiento cívico. Las dos décadas siguientes, más de 200 líderes fueron asesinados de manera sistemática hasta lograr el exterminio de este movimiento social, reconocido como sujeto de reparación colectiva en la Resolución 529 del 2018, expedida por la Unidad Especial para la Atención y la Reparación a las Víctimas (UARIV). Por eso en el Oriente antoqueño, las hidroeléctricas están asociadas a la violencia que vivieron sus habitantes por décadas.

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La confrontación entre las guerrillas y los grupos paramilitares de alguna manera blindó al territorio del avance hidroeléctrico y de otros proyectos extractivos. De 2009 en adelante, una vez que las operaciones militares contrainsurgentes desterraron a las guerrillas y “pacificaron” el Oriente antioqueño, llegó el nuevo boom de hidroeléctricas. En 2011, año en el que se aprobó la Ley de 1448, en la que están contenidas todas las medidas de reparación para las víctimas del conflicto, abogados de la Corporación Jurídica Libertad identificaron el interés de construir doce grandes proyectos en esta zona rica en agua, cuatro de ellos sobre el río Samaná Norte.

A medida que los desplazados retornaban a sus tierras, trataban de rehacer sus proyectos de vida y hacían los trámites jurídicos para que el Estado amparara sus derechos como víctimas, a Cornare llegó una avalancha de solicitudes para utilizar la tierra abandonada, captar y embalsar agua que sería convertida en energía.

Que en el Oriente antioqueño exista registro de alrededor de 2.800 personas desaparecidas y más de 120.000 desplazados entre 1997 y 2004, nunca fue, ni es argumento suficiente para que Cornare decida negar una licencia ambiental a un proyecto hidroeléctrico que quiera utilizar tierra de las víctimas. 

Periodistas del Instituto Popular de Capacitación (IPC), Periferia Prensa y Enfoque de Oriente sistematizamos más de 1.000 coordenadas que corresponden a la localización de los proyectos que tienen el visto bueno de la Corporación Autónoma, y más de 7.000 coordenadas que corresponden a la localización de las tierras que han sido restituidas a víctimas del conflicto armado en nueve municipios del Oriente antioqueño en donde quieren hacer hidroeléctricas. Encontramos que cinco proyectos (la Pequeña Central Hidroeléctrica PCH Granada, la PCH Cocorná III, la PCH Tafetanes, la PCH Churimo y el embalse Porvenir II) necesitan predios que fueron restituidos o que son solicitados por familias víctimas del conflicto armado.

Además, hallamos que existen 85 sentencias de restitución cuyos predios están en el área de influencia de tres proyectos que están en operación: tres en la PCH El Popal, 80 en la PCH San Matías y dos en la PCH Alejandría. También encontramos 600 solicitudes de restitución de tierras en veredas que hacen parte del área de influencia de estos proyectos: 256 en zonas donde ya están operando y 344 en lugares donde serían construidas las que tienen licencia ambiental. 

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La legislación colombiana considera que las hidroeléctricas son una forma no convencional de producir energía, por lo tanto, la Ley 1715 de 2014 y la Ley 2099 de 2021 las declara proyectos de utilidad pública e interés social, “esta calificación tendrá los efectos oportunos para su primacía en todo lo referente a ordenamiento del territorio, urbanismo, planificación ambiental, fomento económico, valoración positiva en los procedimientos administrativos de concurrencia y selección, y de expropiación forzosa”. Este tipo de proyectos goza de prioridades administrativas, también económicas: tienen exenciones en el impuesto a las ventas (IVA) y exenciones arancelarias a la hora de importar maquinarias, equipos o insumos.

¿Los proyectos que el Estado considera estratégicos para la Nación deben primar por encima de los derechos de las víctimas? Oladier Ramírez, secretario general técnico de Cornare, argumenta que esta declaratoria de utilidad pública los maniata y los obliga a otorgar licencias en lugares donde hay víctimas del conflicto armado:  “El Gobierno Nacional promueve el desarrollo de estos proyectos, los declara de utilidad pública, dice que el interés general prima sobre el particular, porque eso es finalmente el efecto de una declaratoria de utilidad pública. Cornare es el ejecutor de las políticas, de las normas, de las reglas, de la forma en como el Ministerio de Ambiente y el Gobierno dicen que se hacen las cosas”.

Al respecto, Carlos Zapata, presidente del Instituto Popular de Capacitación (IPC), considera que hay una malinterpretación de esa declaratoria: “La Ley lo que está diciendo es que se están tutelando a los inversores de buena fe, que no sabían que en esas tierras había solicitudes de restitución o procesos de despojo. Pero en ningún momento la Ley está diciendo que estos nuevos proyectos tienen un trato preferente. Lo que estamos viendo aquí es una nueva victimización (…) La Ley 1448 [de víctimas] también es de utilidad pública, pero aquí se aplica el principio pro homine, que es el enfoque de derechos sobre las víctimas. Usted tiene dos leyes de utilidad pública, ¿cuál aplica? El enfoque de derechos que está sobre las víctimas, no el enfoque de la explotación comercial”. 

El Consejo de Estado también trató de sentar un precedente frente a esta falsa dicotomía. A través del Auto del 16 de mayo de 2019, el Tribunal suspendió la licencia ambiental otorgada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) al proyecto Porvenir II, el cual pretendía construir un muro de 140 metros sobre el río Samaná Norte, impactando de manera directa e indirecta a los municipios de San Luis y San Carlos. El Consejo de Estado sustentó su decisión argumentando que en la zona de influencia había 33 familias víctimas del conflicto en condición de retorno, por lo que un nuevo desplazamiento a causa de la hidroeléctrica significaría una revictimización y una vulneración de la Ley 1448.

En su artículo 25, la Ley 1448 asegura que las “víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva”. Mientras que el parágrafo 1 del mismo artículo indica que las medidas asistenciales serán reparadoras en la medida que “incluyan criterios de priorización, así como características y elementos particulares que respondan a las necesidades específicas de las víctimas”.

Según Oladier Ramírez, las sentencias o solicitudes de restitución no son un determinante a la hora de entregar una licencia ambiental para la construcción de una hidroeléctrica: “Nosotros seguimos los términos de referencia que propone el Ministerio de Ambiente. Si usted coge los términos de referencia que propone el Ministerio, no incluyen ni un solo capítulo de restitución de tierra, nada (…) Derivado de las conversaciones con MOVETE —el Movimiento Social por la Vida y la Defensa del Territorio— en el 2021 nosotros decidimos incluir un capítulo, en el cual le pedimos a los promotores de los proyectos que hagan una caracterización absolutamente detallada de cuáles son esos predios que potencialmente puedan estar solicitados en restitución (…) Venimos haciendo un ejercicio articulado con el fin de darle tratamiento a esos asuntos que muchas veces no quedan previstos en el proceso de licenciamiento ambiental”.

Carlos Zapata considera que la inclusión de dicho capítulo en los términos de referencia, más que una preocupación por las víctimas, demuestra las omisiones legales de Cornare: “Hubo un remezón por parte de la jurisprudencia del Consejo de Estado, pero el Consejo de Estado no crea leyes nuevas, aplica las leyes que no se están cumpliendo. La pregunta es ¿por qué no lo hicieron antes si la ley es del 2011? ¿Necesitaban una orden de un Tribunal para hacerlo? No, ya la Ley [de víctimas] lo estaba ordenando.”  

Si bien La normativa ambiental vigente parece no darle prelación alguna a las víctimas cuando sus procesos de reparación pueden verse interrumpidos por un proyecto de utilidad pública, al otorgar este tipo de licencias Cornare estaría desconociendo lo dicho por el Consejo de Estado en el Auto con el que suspendió la construcción de Porvenir II, y en el cual indica que también es responsabilidad de las Corporaciones Autónomas Regionales salvaguardar los derechos de las víctimas: “Si bien el procedimiento de licenciamiento ambiental se rige por unas normas especiales en las que no se incluyen expresamente aspectos relativos a la restitución de tierras, lo cierto es que el Estado Colombiano tiene el deber de velar por el cumplimiento de las normas relativas a la reparación integral de víctimas, buscando que con su actuar se salvaguarden los derechos de este sector de la población y evitando que sus decisiones puedan derivar en una consecuente violación de los Derechos Humanos y en la inestabilidad institucional por la falta de credibilidad de herramientas constitucionales”.

En su concepto, el Tribunal además plantea que “en virtud del deber de colaboración armónica que no solo está contemplado en la Ley 1448, sino en el artículo 113 de la Constitución”, la forma en la que el Estado debe garantizar la reparación integral de la víctimas cuando hay un predio solicitado en restitución y solicitado en una licencia ambiental, es supeditando la concesión de dicha licencia a la terminación del proceso de restitución.   

En la entrevista Oladier Ramírez aseguró que la Corporación Ambiental solo conocía un caso en el que las tierras demandadas por proyectos hidroeléctricos coinciden con predios restituidos a víctimas: en la vereda Mazotes donde construirán la PCH Cocorná III. El secretario técnico trató de justificar la omisión de la información argumentando que, en aras de salvaguardar los derechos de las víctimas, Cornare decidió incluir la restitución de tierras en sus términos de referencia en 2021, es decir, años después de que otorgaran las licencias para la PCH Granada, la PCH Cocorná III y la PCH Tafetanes,en las cuales ya había familias con sentencia o solicitud de restitución cuando otorgaron la licencia ambiental.

Una denuncia del Instituto Popular de Capacitación desdice las buenas intenciones de Cornare. En 2021, la agencia de prensa del IPC denunció que en el área donde se construirá la PCH Churimo había 21 solicitudes de restitución de tierras. A la Unidad de Restitución de Tierras (URT) le preguntamos si la Corporación Autónoma Regional Cornare le había pedido algún concepto de viabilidad para la construcción de la PCH Churimo y los otros proyectos, a lo que respondió que “en la etapa administrativa no se realizó solicitud de concepto”. En su defensa Cornare asegura que son las empresas quienes deben hacer la consulta ante la URT.

Tatiana Maldonado, coordinadora general de Censat Agua Viva, ONG ambiental que se ha abanderado de litigios ambientales en todo el país, opina que este tipo de respuestas y decisiones “muestran la falta de armonización administrativa, que justamente ha sido reconocida por el Estado a través del Consejo de Estado. El Estado no se coordina entre sí para dar respuesta a las diferentes obligaciones que tiene con la sociedad. Es una revictimización porque abre una expectativa en diferentes sectores de la sociedad, pero favoreciendo a algunos en contra del respeto de los derechos de otros. Las víctimas del conflicto armado deberían tener prelación en el otorgamiento de este tipo de predios. Las víctimas tienen derechos, las empresas deben tener marcos normativos. El concepto de utilidad pública favorece al gran capital, no a la ciudadanía”. 

A diferencia de las grandes represas, asegura Oladier Ramírez, los impactos de las pequeñas centrales hidroeléctricas son mínimos. Según él, solo tienen reporte de cuatro familias reubicadas a raíz de este tipo de proyectos. El MOVETE, movimiento social que se opone a las hidroeléctricas y lleva varios años documentando sus impactos en la región, asegura que, sin importar cual sea el tamaño del proyecto, hay cambios en la vocación agrícola, pérdida de prácticas culturales, deterioro del tejido social y una reducción drástica del agua, un bien esencial para el sustento económico y comunitario.

Para el secretario técnico de Cornare, el hecho de que una familia restituida deba desplazarse nuevamente por las obras de un proyecto hidroeléctrico no implica una revictimización, pues a su juicio es un “daño que puede ser compensado (…) El promotor del proyecto tendrá que presentar medidas para darle tratamiento a ese impacto social. Desde las ciencias sociales se establecen métodos y técnicas para desarrollar medidas de manejo tendientes a no revictimizar a esas personas (…) Tendrá que garantizarse todo el proceso de reubicación. No sé en este caso cuáles serían las medidas de manejo desde lo social. En todo caso no podrá ser por fuera de la vereda. Hay unos métodos que definen el tema del arraigo, tendrá que revisarse cada uno de esos pormenores.”

Por su parte, la URT respondió que no podía precisar si en este caso se estaban violando los derechos de las víctimas, puesto que “no está dentro de nuestro marco funcional pronunciarnos frente a las actuaciones administrativas adelantadas por otras entidades públicas, en atención a que, si estas decisiones fueron adoptadas por acto administrativo, estas se presumen legales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 1437 de 2011”.

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Funcionarios del actual Gobierno han manifestado que las pequeñas centrales hidroeléctricas serán claves en la transición energética con la que pretende reemplazar las energías fósiles. Palabras más, palabras menos, eso significa que a pesar de no haber pagado las deudas históricas que el sector eléctrico tiene con el territorio, ni reparar los traumas y daños que dejó el conflicto armado, las aguas del Oriente antioqueño tienen una función económica, y deberán ser sacrificadas para que Colombia deje de explotar y consumir petróleo. 

Dado este principio de oportunidad, la hidroenergía se aprovecha de las reparaciones inconclusas en el Oriente antioqueño. La Ley de Víctimas no impide que las empresas adquieran los predios de las familias restituidas que fueron identificadas y cuya historia narramos en esta investigación, pues al cumplirse dos años desde que el juez firma la sentencia, se habilitan mecanismos para que los proyectos declarados de utilidad pública o interés social adquieran de manera voluntaria o forzosa los predios requeridos. 

Algunas de las familias aquí involucradas están dispuestas a negociar sus lotes, otras preferirían morir donde están actualmente. El común denominador de todas es su condición socioeconómica de vulnerabilidad: en sus núcleos familiares hay adultos mayores de 65 años que sufren enfermedades crónicas, pertenecen al régimen subsidiado de salud y en algunos casos sobreviven con ingresos menores a los 300.000 pesos mensuales. A la par, dice la Mesa de Derechos Humanos del Oriente antioqueño, en la región no hay un municipio sin un actor armado ilegal y quienes ejercen el control hoy se llaman Clan Isaza, Clan del Golfo y El Mesa.

“Cuando estamos hablando de las víctimas, les están restituyendo un territorio privado. Hay que ver si una empresa se deja quitar tierras, así como así. Hágale eso a EPM, a ISAGEN, a ver qué reacción tendrían —plantea Carlos Zapata—. Pero porque son pobres y víctimas se tienen que aguantar entonces que les manoseen sus posesiones y su capital privado… la tierra es de ellos, entonces trátelos como propietarios, como tratarían a un industrial. Pero no le impongan sus criterios a la gente”.

Algo anda mal si la prioridad de un Estado no es reparar de manera integral a sus más de 8 millones de víctimas; pues en caso de no tener cómo repararlas, debería hacer todo lo posible para que —Cornare u otros entes del Estado— no las revictimicen.

En el Oriente antioqueño las comunidades aseguran que no pidieron hidroeléctricas ni que se les consultó si querían que llegaran más proyectos de este tipo al territorio. Si los beneficios se miden en cifras, pareciera que el beneficiario de este modelo es Cornare, que solo en 2020 recibió 30.471.907.488 millones de pesos por las transferencias del sector eléctrico; y si se suman los ingresos del 2010 al 30 de abril de 2021, la cifra total asciende a 296.784.462.517 millones de pesos. Es decir que mientras más hidroeléctricas generan energía con las aguas de la región, más dinero recibirá la autoridad ambiental.

Mientras tanto, como alguna vez dijo un campesino de la vereda Calderas, donde hay un embalse que lleva ese mismo nombre, la gente seguirá viendo pasar el desarrollo por los cables de energía. Y las víctimas, en contra de su voluntad, arrancando las pocas raíces que le quedan en su territorio.